Las condiciones térmicas en el interior de las oficinas es un tema muy conflictivo entre compañeros.

Lo que no muchos saben es que las condiciones mínimas de climatización y circulación del aire están definidas por el INSHT (Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo).

Aquí  os dejamos un breve resumen de las Condiciones Ambientales de trabajo de esta interesante guía técnica.

Según las recomendaciones del INSHT, para evitar el malestar térmico, la temperatura en el interior de los localesvaría según el trabajo desarrollado:

1) Donde se realicen trabajos sedentarios propios de oficinas o similares la temperatura estará comprendida entre 17 y 27ºC

Se refiere a lugares sin radiación térmica ni corrientes de aire, siempre y cuando los trabajadores lleven ropa acorde a la estación climática. La temperatura del aire óptima en invierno estaría entre los 20 ºC y los 24 ºC mientras que, en verano, la temperatura óptima se situaría entre los 23 ºC y los 26 ºC.

2) La temperatura de los locales donde se realicen trabajos ligeros estará comprendida entre 14 y 25ºC.

Los rangos de temperatura óptima para este tipo de actividad y con las mismas condiciones citadas anteriormente estarían entre los 21 ºC y 25 ºC para verano y los 16 ºC y 22 ºC para invierno.

No solo el frío o calor interfieren sobre nuestro confort térmico, otras condiciones ambientales también juegan un papel fundamental.

  • La humedad relativa estará comprendida entre el 30 y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática, en los que el límite inferior será el 50%.
  • Las corrientes de aire: los trabajadores no deberán estar expuestos de forma frecuente o continuada a corrientes de aire cuya velocidad exceda los siguientes límites: 0,25 m/s y el 0,75 m/s.

Para los trabajadores que realizan su labor al aire libre, las medidas que se tomen para protegerles de las inclemencias del tiempo deben incluir, además de las destinadas a hacer frente al frío o al calor excesivos, otras dirigidas a proteger a los trabajadores de la radiación solar directa, especialmente la ultravioleta.

Para ellos habrá que habilitar zonas comunes cubiertas o sombreadas, el uso de prendas que protejan todo el cuerpo, incluida la cabeza, de la radiación solar excesiva, el uso de gafas, cremas protectoras, etc. En el caso de trabajos al aire libre en zonas frías se recomienda emplear ropa de protección adecuada frente al frío, facilitar la realización de pausas en lugares cálidos y administrar bebidas calientes.

Fuente:  INSHT

Imagen: Hogarmania